Novedades

Registro de Médico Veterinario privado par la industria alimentaria

INSTRUCTIVO PARA PROFESIONALES Y EMPRESAS

 

El registro de un profesional como Médico Veterinario de una planta de faena de animales terrestres o acuáticos (ciclo I), establecimientos de despostado y procesadores (ciclo II), dadores de frío, depósitos o centros de logística (ciclo III) se encuentra desarrollado en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) de manera que pueda gestionarse integralmente vía virtual.

 

En caso de dudas o consultas al respecto de las incumbencias profesionales escriba a dnica@senasa.gov.ar.

PASOS PARA ADHERIR A LA PLATAFORMA TAD

  1. Ingresar al TAD ingresando a http://tramitesadistancia.gob.ar. La primera vez se deberán validar datos contra AFIP. Se inicia con Cuit y Clave Fiscal y deben seguirse los pasos requeridos.

ESTE REGISTRO CUENTA CON DOS PASOS, CONSIDERANDO EL TRAMITE CONCLUIDO CUANDO EL PROFESIONAL SE ENCUENTRA VINCULADO AL MENOS A UN ESTABLECIMIENTO.

PRIMER PASO: INSCRIPCION EN EL  REGISTRO.

  1. Dentro del TAD buscar el trámite “Inscripción al registro de Profesionales y Directores Técnicos de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria” y seleccionar la opción “Veterinario de Registro“ en la opción del recuadro AZUL.
  2. Dentro de los DATOS DEL TRAMITE debe repetirse la selección del “Médico Veterinario Privado para la Industria Alimentaria”, NO olvidar marcar el Centro Regional del SENASA correspondiente a su Jurisdicción, completar los datos solicitados del título y aceptar la declaración jurada.
  3. Deben adjuntarse copias escaneadas en Alta Resolución Web de el/la:
    1. Curriculum Vitae abreviado actualizado.
    2. Título de Grado certificado (ambas caras), visualizando todos los sellos de autenticidad del documento.
    3. Constancia de Matrícula Profesional vigente.
    4. Nota emitida por el Consejo/colegio de la jurisdicción de pertenencia en que se manifieste la ausencia de conflictos éticos del profesional.
    5. Nota de la firma solicitando los servicios del profesional.
  1. La Coordinación Temática de la jurisdicción evaluará la documentación y podrá solicitar información adicional o subsanaciones por medio de la plataforma TAD.

NOTA: Es importante una vez iniciado el trámite ingresar periódicamente al Escritorio Único de Trámites a Distancia para chequear que no existan tareas pendientes, más allá que el sistema emitirá un correo de notificación ante cada cambio o novedad.

Si se reciben “tareas para rectificar información es importante cumplir con el plazo estipulado de TREINTA (30) días para remitir la respuesta, manera tal de evitar la cancelación y archivo del trámite por falta de respuesta. Si el trámite se archivara, el interesado deberá iniciar nuevamente el mismo, realizando un nuevo pago por la gestión.

  1. De encontrarse completa y adecuada la documentación, la CRTICA registrará al profesional en el Sistema Único de Registros (SUR) y emitirá el certificado electrónico que será notificado por medio del TAD para finalizar el trámite.  

Concluida esta etapa los establecimientos de faena podrán vincularse con el profesional gestionando el segundo paso del trámite. Los límites en la cantidad de establecimientos de un profesional serán verificados y validado por la CRTICA del Centro Regional en la cual se gestione el trámite.

SEGUNDO PASO: VINCULACION MEDICO VETERINARIO CON ESTABLECIMIENTO.

Cada empresa interesada deberá realizar el segundo paso de vinculación con el profesional, seleccionando el Centro Regional de la jurisdicción del establecimiento. El trámite contempla un documento de firma conjunta entre la empresa y el veterinario de registro seleccionado para la aceptación de la relación contractual.

  1. La empresa interesada debe ingresar a la plataforma TAD a través de su clave fiscal de AFIP, y seleccionar el trámite “VINCULACIÓN/DESVINCULACION DE PROFESIONAL CON FIRMA”.
  2. Completará los formularios que se disponen para tramitar la vinculación con todos los datos solicitados, atendiendo a la selección de “médico veterinario privado para la industria alimentaria” y el Centro Regional donde tramita.

IMPORTANTE: La empresa podrá vincularse con un profesional matriculado en la misma jurisdicción del establecimiento, y deberá seleccionar la jurisdicción de manera tal que el trámite pueda ser gestionado en el Centro Regional de competencia.

  1. La nota de aceptación debe ser firmada primero por el responsable de la empresa apoderado o titular conforme consta en el Sistema Único de registro del Senasa (SUR) y luego el Médico Veterinario. Una vez confirmado el trámite, la empresa tendrá una “tarea pendiente”, la cual deberá revisar y firmar, para ser luego derivada por sistema al profesional referenciado según su CUIL para la firma en conformidad.
  2. El profesional deberá ingresar a la plataforma TAD al recibir la notificación de la tarea pendiente y firmar en conformidad, tal de completar el trámite.
  3. De encontrarse completa la documentación, la CRTICA de la jurisdicción registrará la vinculación del profesional con la empresa en el Sistema Único de Registros (SUR) y emitirá el certificado electrónico que será comunicado por medio del TAD para finalizar el trámite.
  4. De estar disponible, el certificado de vinculación deberá asociarse al RLM de la empresa y del profesional para el registro histórico de cada uno.