Comisiones

Reglamento de Funcionamiento de las Comisiones de Trabajo y Especiales del CMVER
RESOLUCION  CMVER Nº  1809, 27 de julio de 2007


EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE MEDICOS VETERINARIOS DE ENTRE RIOS
R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.– Revestirán el carácter de Comisiones de trabajo y especiales de carácter permanente o transitorio del Colegio de Médicos Veterinarios de  Entre Ríos, aquellas que se requieran a los efectos de cumplir con las finalidades específicas fijadas por la ley, tendrán carácter operativo de consulta y asesoramiento al Directorio y serán integradas por todo médico veterinario de la matrícula que lo solicitare y se comprometiera a participar activamente, previa designación por parte del organismo de conducción del Colegio.-

ARTÍCULO 2º
.– El Directorio determinará, mediante el dictado de las respectivas Resoluciones, la creación de las comisiones de trabajo y el establecimiento de las comisiones especiales –permanentes o transitorias, ampliación de las existentes, o en su caso, la eliminación de las Comisiones creadas y/o establecidas, conforme las modalidades consignadas en el artículo anterior.-

ARTÍCULO 3º
.– Las Comisiones, que dependerán institucionalmente del Colegio, estarán integradas por miembros, que serán nominados por las Seccionales interesadas y designados por Resolución del Directorio.-

ARTÍCULO 4
.– Los integrantes de las Comisiones durarán en sus cargos por dos (2) años, pudiendo ser designados por un nuevo e igual período, mediante resolución del Directorio, estando facultado el organismo de conducción del Colegio cuando estime que el profesional veterinario integrante de la Comisión no cumple con su función dejar sin efecto su designación y nombrar reemplazante.-

ARTÍCULO 5º.– Cada Comisión nominará de entre sus integrantes un Coordinador General, un Coordinador Adjunto y un Secretario, por simple mayoría de votos presentes comunicando  formalmente al Presidente del Directorio.-

ARTÍCULO 6º.– Serán de competencia de cada una de las Comisiones el tratamiento de los temas a que se refiere en general su denominación, y tendrán las siguientes atribuciones y deberes:

a)    Dictaminar y/o asesorar sobre las cuestiones que le solicite el Directorio o el Presidente, y en el plazo que se fije en el respectivo requerimiento.-

b)    Proponer al Directorio temas, declaraciones, proyectos, planes de producción y sanidad animal, evacuar consultas técnicas, informaciones y cualquier otro tipo de moción o asunto de su competencia, a los fines de ser analizado por el  citado organismo de conducción del Colegio.-

c)    Elevar por escrito al Directorio despachos y/o recomendaciones referentes a normas o disposiciones que reglamenten o complementen la actividad profesional en el ámbito de su competencia.-

d)    Participar y analizar técnicamente los programas y/o planes de producción y sanidad  ganaderos que implementen las autoridades públicas nacionales y/o provinciales.-

e)    Realizar, con el aval del Directorio, campañas de difusión escrita, radial o televisiva en beneficio de la comunidad sobre educación para la salud desde la zoonosis y la tenencia responsable de mascotas.-

f)     Intervenir en todo otro asunto y/o tema relacionado a la actividad institucional y de incumbencia profesional que requiera el Directorio del Colegio y/o el Presidente del citado organismo de conducción.-

g)   Solicitar apoyo institucional y económico, previa intervención de la Tesorería, al Directorio del Colegio a los fines específicos de realizar disertaciones, cursos, jornadas y difusión de trabajos científicos, con el objetivo de lograr una mejor actualización y formación de los profesionales veterinarios.-

ARTÍCULO 7º
.– Las Comisiones deberán despachar los asuntos girados por el Presidente y Secretario del Directorio, según su orden de entrada, salvo que exista el pedido de preferente despacho, en cuyo caso el asunto requerido tendrá prioridad sobre los demás.-

ARTÍCULO 8º.– En el supuesto que la Comisión no se expidiera sobre la cuestión o asunto girado en el plazo fijado por el  Directorio y/o el Presidente, podrá prescindirse de su dictamen, informe y/o asesoramiento.-

ARTÍCULO 9º.
– En el caso que las opiniones de los miembros de una Comisión se encontraren divididas, no lográndose el consenso, se presentarán tantos dictámenes como opiniones expuestas, firmados por los autores respectivos.-  ARTÍCULO  10º. – Cada Comisión llevará un Libro de Registro, a cargo del Secretario, en el cual se proceda a anotar las actividades efectuadas, consignándose en sus actas nombres y firmas de los asistentes, asuntos recibidos, tratados y despachados.-

ARTÍCULO 11º
.– Facultar al Presidente del Directorio a girar, sin más trámite, a la Comisión respectiva, requiriendo su dictamen escrito del asunto y/o cuestión que ingrese con el objeto de ser considerado en la siguiente reunión plenaria del Directorio, especificándose que el precitado organismo de conducción podrá dictar Resolución aún sin dicho dictamen.-

ARTÍCULO 12º.– En concordancia con lo dispuesto por el artículo 2º, el Directorio podrá crear e implementar las Comisiones que considere pertinente, ajustando su estructura e integración a lo reglado por esta Resolución, y determinará en cada caso si la Comisión a crearse tendrá carácter permanente o transitorio, indicando en este último supuesto el término o plazo de su cometido.

ARTÍCULO 13º.–  Comunicar esta Resolución, con remisión de copia, a los Presidentes de las Seccionales Departamentales del Colegio a los fines de promover la participación de los matriculados de sus respectivas jurisdicciones en las Comisiones de Trabajo y Especiales-permanentes y transitorias- de consulta y asesoramiento que requiera el Directorio, conforme artículo 1º de la presente Resolución.-

ARTÍCULO 14º.–  Derogar toda norma y/o Resolución que se oponga a la presente.-

ARTÍCULO 15º
.–  Registrar, comunicar, publicar en la Revista del Colegio “Su Informe” y en estado archivar.-

R. Nº COMISIÓN / ORGANISMO / INSTITUCIÓN Integrante Contacto
3149/2023 Comisión Técnica del SIV Martín J. Sieber, Juan C. Luna, Juan M. Florean, Julio Yedro y Héctor R. Baigorria
Delegados ante la FEVA Titular: SIEBER, Martin Jesus
Suplente 1º: LELL, Carolina Graciela
Suplente 2º: GIMENEZ, Marisa Anabella
 
Comisión Gestión Administrativa, Financiera y Operativa
3163/2023 Comisión Pequeños Animales Betina N. Brossard, Ma. Celeste Mazzola, Pilar Bustamante,Ma.  Ximena Argento, Diego G. Nuñez, Gabriela V. Rodriguez
Comisión Defensa del Médico Veterinario
3162/2023 Comisión de Lechería Francisco J. Izaguirre Pons, Diego N. Hunziker, Bernardo E. Serra
3151/2023 Comisión de Recreación, Turismo y Deportes Martín Sieber, Juan Del Prado, Silvia Romero, Joaquín Migueles, José C. Pereyra, Iván Caraballo
343 446-8122 Juan Del Prado
343 517-3203 José Pereyra
343 457-5035 Martín Sieber
Comisión  de Salud Pública
Comisión de Grandes Animales
  Comisión de COPROSA SIEBER Martin Jesus,  GALLI  Antonio, TITO Luis Martin y CORA Damian  
3152/2023 Comisión de Equinos Julio Gesualdi Molinuevo, Antonella Re, Gonzalo Mayr, Federico González, Nicolás García.
Comisión de Porcinos
1763  En Educación  – Copetyper PAREJA Angel G. y GARCIA Jorge R.