Ley de honorarios profesionales nº 7821

LEY N° 10.377. RECUPERACION CARÁCTER DE ORDEN PÚBLICO DE LAS LEYES DE HONORARIOS PROFESIONALES.

Ley 10.337: Entre Ríos: Sancionada el 7 de Julio de 2015: Boletín Oficial, 7 de Agosto de 2015:

 

Texto de la Ley N° 10.377:

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

ARTICULO 1°.-  Deróguense a partir de la entrada en vigencia de la presente,  las disposiciones de la Ley 8.622 en relación a las leyes regulatorias de honorarios y aranceles profesionales,  las que recuperan a partir de esta fecha su carácter de Orden Público.

ARTICULO 2°.-  Cada Institución con administración de matrícula profesional, adecuará y/o adoptará el régimen de aranceles y honorarios en consonancia con las presentes disposiciones.

ARTICULO 3°.-  Comuníquese, etc. –

PARANÁ, SALA DE SESIONES, 7 de julio de 2015.-

 

Atento lo expresado resulta normativa vigente y aplicable la Ley Nº 7821 – Honorarios Profesionales para Médicos Veterinarios – (Boletín Oficial  de la Provincia Entre Ríos de fecha 22 de enero de 1987)

Ley Nº 7821 Completa