Convenio interinstitucional con Senasa
Primera entrega de actas de inspecciones a locales de venta de productos veterinarios sin habilitación y/o regente profesional en el marco del convenio entre el Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos y Senasa.
Se trata de la primera ronda de inspecciones realizadas en las ciudades de Paraná, Diamante, Concordia y Concepción del Uruguay, en el marco del convenio colaboración recíproca rubricado entre el Colegio de Médicos Veterinarios de la provincia de Entre Ríos y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) , que reglamenta la inscripción, habilitación y requisitos técnicos de los establecimientos de expendio de zooterápicos, así como también la Resolución Nº 369/2013 referida al Sistema de Trazabilidad de productos veterinarios.
Durante un encuentro celebrado el 06 de abril en la sede del Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos (CMV) de la ciudad de Paraná, estuvieron presentes el coordinador de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del Senasa, Néstor Micheloud, Gustavo Andrés Steinbreger, protesorero del CMV acompañado por el secretario de la comisión directiva, Jorge Ulises Papateodosio.
En la oportunidad los representantes de la comisión directiva del Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos (CMV) entregaron a Micheloud las primeras actas e informes realizados en las inspecciones a los Establecimientos de Venta de Productos Veterinarios en el marco del convenio Senasa – Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos, realizadas a través de veterinarios matriculados. Es importante resaltar que el Organismo se ocupará de realizar el seguimiento de todo local inspeccionado que se no se ajuste a las normativas vigentes para el expendio de productos veterinarios.
Además se consensuó una capacitación destinada a los aspirantes a directores técnicos para establecimientos de procesamiento de alimentos y faena. Por otra parte, se abordó el estado del trámite de designación del Colegio como Ente Sanitario, las reacreditaciones en los programas sanitarios, entre otros temas.
Es importante recordar que el objetivo del Sistema de Trazabilidad de productos veterinarios es llevar un registro de los movimientos de diversas drogas que se comercializan y se usan para elaborar medicamentos veterinarios, con el fin de permitir la rastreabilidad de los mismos para evitar desvíos. Mientras que el Director técnico, es el profesional responsable de manera conjunta y solidaria con el o los titulares de la habilitación de todo establecimiento faenador, elaborador, acopiador, importador, exportador y todos aquellos que intervengan en la producción, elaboración, depósitos y comercialización de alimentos de origen animal; según lo establece el Decreto 4238/68 del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.
Por otra parte, Micheloud hizo hincapié en los Trámites a Distancia (TAD), en ese sentido destacó que el principal beneficio es la posibilidad de realizar el trámite desde cualquier lugar del país y la agilización de los tiempos de tramitación. Este sistema permite a los operadores realizar los trámites por autogestión, facilitando la presentación de la documentación requerida de manera no presencial.