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Medicamentos zooterápicos: sólo en establecimientos habilitados por médicos veterinarios

En la provincia de Entre Ríos, la dispensación de medicamentos zooterápicos está regulada por la Ley Provincial N.º 6551, que establece que sólo los médicos veterinarios matriculados en el Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos (CMVER) pueden ejercer actos profesionales vinculados al diagnóstico, tratamiento y prescripción de productos terapéuticos para animales.

Esto significa que los medicamentos zooterápicos sólo pueden adquirirse en establecimientos donde haya un médico veterinario habilitado, que actúe como responsable técnico y garantice el cumplimiento de todas las facultades profesionales establecidas por ley.

¿Cómo reconocer un establecimiento habilitado?

Todos los locales veterinarios habilitados en Entre Ríos deben exhibir en su vidriera una oblea con código QR, emitida por el CMVER. Este distintivo permite verificar que:

  • El profesional a cargo está matriculado y en ejercicio legal de la profesión.
  • El establecimiento cumple con los requisitos sanitarios y legales para la venta de medicamentos.
  • Se garantiza la trazabilidad, seguridad y responsabilidad profesional en cada acto de dispensación.

Escaneando el QR, cualquier ciudadano puede acceder a la información oficial del establecimiento y confirmar que está autorizado para operar.

¿Por qué es importante?

Adquirir medicamentos fuera de los canales habilitados pone en riesgo:

  • La salud de los animales, por el uso indebido o mal indicado de productos terapéuticos.
  • La salud pública, por el manejo incorrecto de enfermedades zoonóticas.
  • La legalidad del acto profesional, ya que la venta sin respaldo veterinario está prohibida y puede ser sancionada.

Solo los médicos veterinarios pueden prescribir, aplicar y dispensar medicamentos zooterápicos. La ley protege no solo a los animales, sino también a toda la comunidad.

 Conocé más sobre la Ley de Colegiación en Entre Ríos:

https://cmver.com.ar/ley-de-colegiacion