Resoluciones DirectorioVarios

RESOLUCIONES DE DIRECTORIO DEL 5 DE JULIO DE 2019

Las resoluciones dictadas por el Directorio del Colegio revisten el carácter de obligatorias a partir de su publicación

RESOLUCIONES DE DIRECTORIO, PARANA 5 DE JULIO DE 2019

Nº 2841 – LLAMANDO A CONCURSO TITULAR Y SUPLENTE PARA EL SIV.-

– Cámara CA. 116, de Luciano M Santolini, sita en Nagera N° 20, de Gualeguaychú.-

– Fca. Chacinados CHA 123 Cat. C- El Hinojo SA, de Juan P. Cerini, sita en calle Ramírez N° 4512- de Paraná.-

– Cámara Congelar SA CA 027 sito calle 25 de Mayo y Cura Alvarez de Paraná.-

– Cámara Dist. CA 104- de Hipólito J. Pagola, sito calle Cepeda y Belgrano s/n de Federal

– Cha. CHA A 119 de Leopoldo Meichtry, Leopoldo de Federal.

-Chacinados CHA 125 Cat. C. “El Nono” de Fabricio Isaurralde, sito calle Fco. Ramírez N° 407 de Conscripto Bernardi.-

CONCURSOS

Se comunica a los médicos veterinarios matriculados que se postulen a los llamados a concursos establecidos por el Directorio, para la prestación del servicio profesional de inspectores veterinarios, que deberán remitir nota de estilo dirigida al Sr. Presidente del Directorio del CMVER consignando sus antecedentes profesionales y agregación de documental acreditante, en el término de quince (15) días corridos, contados a partir de la fecha de publicación del aviso en la página web del CMVER.-

En concordancia con lo expuesto, los matriculados postulantes deberán expresamente declarar que no se encuentran comprendidos en las “Prohibiciones e Incompatibilidades” regladas en el Art. 5º de la Resolución Nº 1463/02 CMVER, aprobatoria del “Reglamento de Selección y Designación de Profesionales para el Servicio de Inspección Veterinaria de Productos y Sub Productos de Origen Animal”. Se aplicarán los requisitos establecidos en Resoluciones Nºs. 1295/01 y 1463/02 CMVER.

 

Nº 2842 – COPARTICIPACION A LAS SECCIONALES DEL DIEZ POR CIENTO DE LAS COBRANZAS DE CUOTAS POR DERECHO DE MATRICULA PROFESIONAL.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

            Que conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 508 dictada por el Directorio en fecha 14/07/1990, se autorizó a las Seccionales Departamentales del Colegio a implementar y concretar la cobranza de las cuotas en concepto de derecho de matrícula profesional;

            Que mediante Resolución Nº 2796 de fecha 07/12/2018, y a los efectos de cumplimentar con las modificaciones propuestas en cuanto al procedimiento de cobro a los matriculados en concepto de obligaciones colegiales, se implementó un programa informático especifico de contralor de las mencionadas obligaciones, aspecto administrativo que mejorara cuestiones relacionadas al patrimonio y a los recursos ordinarios de la institución colegial, de conformidad a lo reglado por los arts. 26º y 27º de la reglamentación de la profesión veterinaria y creación del Colegio -Decreto ley 6551, ratificado por Ley Nº 7.503-;

            Que a los fines expuestos, en reunión plenaria del día de la fecha, y previo informe producido por la Tesorería, se aprueba por unanimidad la concesión a cada Seccional Departamental del Colegio en funcionamiento efectivo, de acuerdo a normativa reglamentaria que regula la misión y funciones de dichas Seccionales, del diez por ciento (10%) en concepto de coparticipación de lo recaudado por cuotas de derecho de matrícula profesional;

            Que los cobros a los matriculados de cada jurisdicción se efectivizaran de acuerdo al procedimiento implementado en el programa informático precedentemente mencionado, con el debido asesoramiento de la Tesorería del Directorio a las autoridades de las Seccionales debidamente constituida y en efectivo funcionamiento;

            Que el abono del diez por ciento (10%) de coparticipación a favor de la Seccional  organizada y en funcionamiento, se efectivizará de acuerdo al número de matriculados que integran el padrón del departamento respectivo, especificándose que el porcentaje fijado comprenderá el cobro de cuotas por derecho de matrícula, consignando que el monto del porcentaje dispuesto será utilizado por las autoridades de la Comisión Directiva de la Seccional constituida con el objeto de solventar gastos administrativos y viáticos relacionados estrictamente con la profesión;

            Que la presente resolución se adecua a las disposiciones establecidas por la Resolución Nº 2520/2016 y modificatoria Resolución Nº 2796/2018, respectivamente, relacionada a la tramitación del abono de las cuotas por derecho de matrícula profesional y a las pautas formuladas en el esquema o programa informático implementado por el Directorio del Colegio a los fines de optimizar la actividad administrativa y económica de la institución;

            Por ello, y en ejercicio de la atribución conferida por el art. 33º inciso j) del Decreto ley 6551, ratificado por Ley Nº7.503;

EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS

DE ENTRE RÍOS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Conferir en concepto de coparticipación a cada Seccional Departamental del Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos, constituida y en funcionamiento conforme reglamentación vigente -Resolución Nº 523 de fecha 22/09/1990 “Reglamento General de funcionamiento de Seccionales Departamentales del Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos”- el monto equivalente al diez por ciento (10%) de las cobranzas de cuotas por derecho de matrícula profesional.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el porcentaje determinado en el artículo anterior se efectivizara o acreditará por cada uno de los matriculados, y de acuerdo al número de profesionales que integran el padrón del respectivo Departamento.-

ARTICULO 3º.- Instituir que el porcentaje en concepto de coparticipación determinado en el artículo 1º, será utilizado por los miembros de Comisión Directiva de la Seccional Departamental organizada y en funcionamiento, a los fines de sufragar gastos administrativos, incluso los recaudatorios, y abono de viáticos relacionados estrictamente a la profesión veterinaria.-

ARTÍCULO 4º.- Derogar la Resolución Nº 508 CMVER, dictada en fecha 14/07/1990 y toda otra normativa que se oponga a la presente.-

ARTÍCULO 5º.- Ratificar las disposiciones instituidas en la Resolución Nº 2520/2016 CMVER y modificatoria Resolución Nº 2796/2018 CMVER, respectivamente.-

ARTÍCULO 6º.- Registrar, notificar a los Presidentes de las Seccionales Departamentales constituidas y en funcionamiento, con remisión de copia, publicar en la página informática de esta entidad colegial, y en estado archivar.-

Nº 2843 – APROBANDO NOMINA DE NUEVAS AUTORIDADES SEC. DPTAL. FELICIANO

PRESIDENTE: Dra. SPROAT, Ma. del Carmen

VICEPRESIDENTE. Dr. CAROPRESI, Ignacio

SECRETARIO: Dra. KOBER, María F.

TESORERO: Dr. ARÉVALO, Ariel

SUPLENTES: Dres. RUFFINI Osvaldo, DAVILA Jorge. VEGA Cesar, ESCOBAR Diego.-

Nº 2844 – APROBANDO SUBSIDIO PARA LA SECCIONAL DEPARTAMENTAL VICTORIA

Para “Riesgos laborales en clínica de pequeños y grandes animales” dictado por el Méd. Vet. Héctor Tarabla y el abogado Nicolás Firpo a realizarse el 23 de agosto de 2019.-

Nº 2845 – APROBANDO SUBSIDIO PARA LA SECCIONAL DEPARTAMENTAL GUALEGUAYCHU

Para la “Jornada de Diagnóstico Radiológico de Tórax, Esqueleto Axial y Apendicular en Caninos”. a realizarse los dias1º y 2 de septiembre de 2019.-

Nº 2846 – GIRANDO A T. DE DISCIPLINA ACTUACIONES  / DR. GABRIEL LEMOS

VISTO:

            La denuncia -Nota Nº 10818 – Mesa de Entradas CMVER- promovida por el Méd. Vet. Rodolfo Vénere contra el matriculado Méd. Vet. Rubén Gabriel Lemos, y; 

CONSIDERANDO:

            Que conforme la precitada denuncia -cfr. fs.1/3- formulada por el matriculado Vénere, en su carácter de Presidente de la Seccional Departamental Uruguay, contra el prenombrado colegiado Lemos, se cuestiona la conducta del denunciado especificando presunto ejercicio ilegal de la profesión de médico veterinario, en el local comercial ubicado en calle Yrigoyen Nº1578 de la ciudad de Concepción del Uruguay, de acuerdo a lo reseñado en el Capítulo I –Objeto del escrito de denuncia;

Que de acuerdo a lo explicitado, el denunciante afirma en el Capítulo II los hechos motivantes de la denuncia, afirmando que en el establecimiento comercial especificado, funciona una clínica veterinaria se expenden productos veterinarios, drogas y medicamentos inherentes a la profesión, consignando además que se evacuan consultas reservadas específicamente a las incumbencias profesionales del título de médico veterinario;

Que asimismo denuncia, conforme numerosas manifestaciones verbales de colegas matriculados y particulares respecto a las referidas consultas y prescripciones sería emitidas por una persona empleado del local que carece de título habilitante, adjuntando dos fotocopias de recetas manuscritas, que según dichos del denunciante, por el empleado de la clínica (cfr. Cap. III- Prueba del memorial de denuncia);

            Que, en el capítulo IV especifica el derecho fundante de la denuncia, peticionando el inicio de procedimiento institucional a los fines de determinar y verificar los incumplimientos profesionales denunciados; 

Que a fs. 7 mediante Nota Nº 8026, el Secretario del Directorio notifica al Méd. Vet. Rubén Gabriel Lemos de la denuncia promovida, remitiendo copia del escrito, requiriéndole las explicaciones del caso, conforme el legítimo derecho de defensa, mediante memorial de descargo ofreciendo las pruebas que hagan a su derecho, en el plazo de cinco (5) días hábiles a contar del recibo de la notificación, de conformidad a lo reglado en el art. 60º ley colegial –Decreto ley 6551 ratificado por Ley Nº7.503-;

Que el denunciado presenta en tiempo y forma escrito de descargo (cfr. fs. 9/10), negando los hechos de la denuncia y refutando los argumentos del denunciante, explicitando una carencia probatoria que no armoniza con el grado de convicción necesario a los fines de concluir a una sanción disciplinaria, peticionando en consecuencia el archivo de las actuaciones;

Que por unanimidad los integrantes del Directorio consideran procedente girar las presentes actuaciones al Tribunal de Disciplina, especificando la concreta existencia de hechos controvertidos, motivaciones contradictorias o contrapuestas en la relación fáctica relatada por el denunciante y en el memorial de descargo presentado por el matriculado denunciado, y en consecuencia, resulta conveniente a los fines de dilucidar la cuestión planteada la intervención y decisión del órgano disciplinario competente;

Por ello, y en ejercicio de la atribución conferida por el art. 33º inciso j) Decreto ley 6551, ratificado por Ley Nº 7503;

EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS

DE ENTRE RÍOS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º. – Elevar las presentes actuaciones al Tribunal de Disciplina, de conformidad a las especificaciones explicitadas en el considerando de la presente resolución,  con el objeto de su debida intervención de conformidad a lo reglado en el art. 60º de la ley colegial precedentemente citada.-

ARTÍCULO 2º. – Notificar a los matriculados denunciante y denunciado respectivamente, en los domicilios denunciados, con remisión de copias de la presente resolución.-

ARTÍCULO 3º. – Registrar, notificar, publicar en el sitio informático del Colegio, y en estado archivar.-

Nº 2847 – APROBANDO SUBSIDIO PARA LA SECCIONAL DEPARTAMENTAL GUALEGUAYCHU

Para el curso “Transfusiones y toma de muestras citológicas” realizada en fecha 30/3/2019.-

Nº 2848 – APROBANDO MATRICULAS

 Matr. CMVER Nº 1628 Fº 637-2 – GUERRERO, Agustín Andrés, Federación

Matr. CMVER Nº 1629 Fº 637-3 – JACOBSEN, Anibal Federico, Villaguay

Matr. CMVER Nº 1630 Fº 638-1 – BAUER, Leandro Micael – Aldea Sta. Celia – PROVISORIO

Matr. CMVER Nº 1631 Fº 638-2 – VEGA, César Esteban – Feliciano – PROVISORIO

Matr. CMVER Nº 1632 Fº 638-3 – BLANCO, Iara Antonella – Paraná – PROVISORIO

Matr. CMVER Nº 1633 Fº 639-1 – CABRERA, Melissa Agostina – Sta. Elena – PROVISORIO

Matr. CMVER Nº 1634 Fº 639-2 – LLOBET, Santiago – Crespo – PROVISORIO

 

Nº 2849 – APROBANDO MATRICULA DEFINITIVA

1515 – REPETTO, Román – Sauce de Luna

Nº 2850 – SUSPENDIENDO MATRICULA A PEDIDO

173 – ZABAL, Gustavo – Basavilbaso. A partir del 10/6/2019

204 – SOSA, Ricardo R. – Nogoyá. A partir del 28/6/2019

1116 – GALLINO, Diego – Paraná. A partir del 25/6/2019

1559 – GARCIA, Nicolás Javier – Crespo. A partir del 4/7/2019

 

Nº 2851 – REHABILITANDO MATRICULA

228 – GALLINO, Leonardo – Paraná

Nº 2852 – BAJA DE EVPV

DT/1137 – R “PLANETA MASCOTAS” – Dr. GARCIA, Nicolás Javier – Crespo

Nº 2853 – APROBANDO EVPV

DT/1176 – R “CHACARERO” – Dr. JAUME, Renzo Darío. San Salvador

DT/1177 – P “AGROVETERINARIA EL TREBOL” – Dr. ZUFFIAURRE, Federico – Federal

DT/1178 – P “PARAISO DE MASCOTAS” – CABAÑA, María Carolina – Paraná

DT/1179 – R “CLINICA PARANA” – PUJATO, Andrés – Paraná

DT/1180 – R “COOP. GANADERA EL PRONUNCIAMIENTO – PELIZZARI, Martín – R. Tala

DT/1181 – P “NUTRIFAM” – MONDRAGON, Facundo Andrés – Gualeguaychú