Su Informe

ASAMBLEA ORDINARIA – C I R C U L A R

Conforme lo establecido en el artículo 29º del Decreto Ley Nº 6551, ratificado por Ley Nº 7503,  CONVÓCASE a los/las Médicos/as Veterinarios/as matriculados/as de la Provincia, a la ASAMBLEA ORDINARIA del COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS DE ENTRE RÍOS a realizarse el jueves 29 de junio de 2023 a las 14 horas, en la sede del CMVER, sito en calle Santa Fe 111 de la ciudad de Paraná, la concurrencia podrá ser en forma «PRESENCIAL» o «VIRTUAL»,   a los fines de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA:

1º.-  Consideración y aprobación del Balance del Ejercicio 1º/02/2022 al 31/01/2023

VIRTUAL: a partir del día miércoles 28/6/2023 todos recibirán un link para que puedan inscribirse previamente y poder conectarse vía zoom el día jueves 29 de junio.-

PARANA, Junio de 2023.- Méd. Vet. Martin J. Sieber, Presidente y Méd. Vet. Iván José M. Caraballo, Secretario.-

A los fines de v/conocimiento, se transcriben los artículos pertinentes del Decreto Ley 6551, ratificado por Ley Nº 7503:

Artículo 29º.– Las Asambleas serán Ordinarias o Extraordinarias.
Las Asambleas Ordinarias se reunirán cada año, en el mes de mayo, para considerar la memoria y el balance del ejercicio, elegir las autoridades del Colegio que corresponda, y deliberar o tratar los asuntos relativos a la marcha general, al bienestar y progreso de la profesión y de la entidad.  …
Artículo 30º.– Las Asambleas ya sean Ordinarias o Extraordinarias no podrán tratar otros asuntos que no sean los expresamente incluidos en el Orden del Día, el que será confeccionado por el Directorio.
Artículo 31º.– A los efectos de su constitución las Asambleas formarán quórum con la presencia de un tercio del número de matriculados con derecho a voto, pero se podrán constituir válidamente con los que concurran una hora después de la fijada en la convocatoria. Las citaciones se harán por circulares dirigidas a los matriculados con diez días de anticipación y mediante publicación en el Boletín Oficial con una antelación no menor de cinco (5) días hábiles.
Las decisiones se adoptarán por simple mayoría, salvo en los casos en que se exija una mayoría especial por la presente Ley, votando el Presidente en caso de empate.
El Presidente y el Secretario del Directorio lo serán también de la Asamblea.

EL DIRECTORIO